La vecina eliminada del grupo de WhatsApp que la justicia obligó a reincorporarla revive el poder de los chats vecinales
En pleno condominio de Arica, en un espacio que debería ser de convivencia tranquila, apareció un conflicto que pone en evidencia cómo la vida vecinal se traslada al mundo digital con consecuencias reales. Una mujer fue excluida del grupo de WhatsApp comunitario del Block D del Condominio Terrazas del Alto debido a que la consideraron “conflictiva”. Lo que parecía un castigo leve derivó en una decisión judicial que la obligó a volver al chat. Esta vecina eliminada del grupo de WhatsApp y obligada a su reincorporación se transforma en símbolo de un nuevo tipo de conflicto: el que ocurre en grupos digitales que rigen la comunicación de toda una comunidad.
El día que la delegada del bloque decidió convocar una votación, el 50 % de los residentes apoyaron la expulsión de la mujer. El argumento: ventilaba temas incómodos en el chat y por eso debía salir. Esa decisión, tomada en un espacio que se creía informal, tuvo un impacto más profundo de lo que todos creyeron. Al sacarla del grupo de WhatsApp, la desvincularon no solo de mensajes de rutina sino del acceso a información, avisos, votaciones y de la propia vida comunitaria. Fue como quitarle la llave del patio interior del condominio.
La mujer decidió recurrir a la justicia y presentó un recurso de protección contra la delegada del bloque. La Corte de Apelaciones de Arica determinó que el grupo de WhatsApp había dejado de ser un mero chat para transformarse, en la práctica, en el canal central de deliberación, votación y coordinación del condominio. Y el hecho de excluirla, reconoció el tribunal, no fue un acto inocuo. Decretó que la vecina fuera reincorporada al chat en un plazo máximo de 48 horas, además de asegurar que dicha exclusión vulneró su derecho a estar informada y participar. El fallo calificó la expulsión de arbitraria y carente de sustento legal.
La relevancia de este fallo va más allá del condominio. Está retratando cómo las comunidades se organizan en plataformas digitales y cómo esas plataformas adquieren un rol estructural. Cuando un grupo de WhatsApp se convierte en método de votación, en tablón de anuncios y en foro de quejas, expulsar a un vecino equivale a marginarlo del espacio común. La eliminación ya no es un chiste; se parece más bien a la clausura de una puerta de participación.
Desde un punto de vista humano, la reacción es comprensible: estar afuera del chat donde todos opinan, deciden y someten cuotas es sentirse fuera del juego. Esa sensación de desamparo puede generar indignación, aislamiento y una urgencia inesperada. En este caso, la mujer decidió que no bastaba con un “él me sacó del grupo”, sino que exigió que la justicia reconociera el valor del chat como espacio comunitario real.
Por supuesto, la delegada y los vecinos podrían argumentar que la expulsión respondió a un acto de convivencia: mantener el orden, evitar que los mensajes se transformaran en quejas constantes o quejas repetitivas que tensaban el ambiente. La línea entre moderación y censura se vuelve difusa. ¿Cuándo un vecino que critica se vuelve “conflictivo” y cuándo se transforma en una voz necesaria? ¿Y quién decide ese cambio? Estas preguntas, que antes solo se hacían en redes sociales o blogs, ahora están en sentencias judiciales.
La sentencia de la Corte de Apelaciones de Arica recalca que la Ley 21.442 de Copropiedad Inmobiliaria no contempla la exclusión de un copropietario de los canales de información. Esto significa que ni la mayoría vecinal ni la delegada tienen carta blanca para excluir a alguien. La expulsión, en este contexto, fue calificada como trato discriminatorio, porque se fundamentó en el adjetivo “conflictiva” y no en una regla del condominio contemplada en estatutos. El tribunal dejó en claro que los canales digitales vecinales pueden tener tanto peso como una sala de reuniones físicas.
La implicación social de este episodio es amplia. Demuestra que la participación vecinal, que alguna vez se pensó como papeles en asamblea y firmas en libro de actas, hoy también es un mensaje en azul-verde enviado en un grupo de WhatsApp. Se mide presencia, se escucha opinión, se votan cuotas. Y al marcar esos espacios digitales como esenciales, también se abre la puerta a conflictos legales. El hombre o la mujer que antes se quedaba fuera de la reunión de pasillo, ahora puede quedar fuera del chat y perder voz.
En la práctica, este fallo puede provocar cambios en la gestión de comunidades. Los administradores de condominios tendrán que revisar sus canales digitales, sus normas internas de uso y los procedimientos de exclusión.¿Debe existir una regla escrita para expulsar a alguien del grupo de WhatsApp? ¿Debe notificarse antes? ¿Debe existir instancia de apelación interna? Son preguntas que ahora surgen con fuerza.
También nos enfrentamos a un dilema humano: la convivencia digital en espacios de proximidad. En el chat de vecinos conviven los que quieren construir comunidad, los que solo critican, los que usan el espacio para vender cosas, los que piden ayuda, los que reclaman del perro del vecino. ¿Cuántos mensajes molestan y cuándo esos mensajes se convierten en “conflictos”? Excluir a alguien parece una solución práctica, pero cuando esa persona depende del chat para participar y decidir, la solución se vuelve un problema mayor.
Para nuestra radio, este tema es valioso porque conecta con la vida diaria, con la tecnología que usamos sin pensar y con las implicaciones sociales que emergen cuando lo privado se vuelve público. Nuestra audiencia vive en comunidades, usa WhatsApp, sufre por grupos de vecinos. Este caso nos invita a reflexionar sobre cómo nos comunicamos, quién decide en nuestros espacios digitales y qué significa estar excluido. Nadie pensó que un “grupito de WhatsApp del condominio” podría terminar ante un tribunal. Y sin embargo, lo hizo.
Si vivieras en un condominio, prestaría atención a los siguientes puntos: revisa quién administra el chat, conoce las normas para expulsiones, participa activamente y sé consciente de que tu derecho a estar informado puede pesar más de lo que creías. Porque si un fallo ordenó reincorporar a una vecina, lo que está en juego es mucho más que un “ping” de WhatsApp. Está el acceso a la comunidad, a la voz y al voto.
Fuentes:
24 Horas, Biobío Chile, EMOL

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